lunes, 27 de junio de 2011

(V) La mala solución y peor resolución.

El Director del Colegio Novo Arteixo impidió que el miércoles, día 22 de junio la niña pudiera recoger las notas y participar con sus compañeras en las actividades de fin de curso, alegando que ya no pertenecía al Centro porque el expediente había culminado el 21 de junio con la decisión de traslado al CEIP Ponte dos Brozos.

¿Esto se puede quedar así? ¿La Consellería de Educación no tiene que actuar? ¿Donde está la Constitución? ¿Dónde está la Declaración de los Derechos del Niño? ¿Donde está la Fiscalía de Menores? ¿ Y la responsabilidad del Director? ¿está en la autonomía del centro? ¿en el Consejo escolar? ¿en la administración educativa? La responsabilidad está en él como cargo Directivo de un centro público, no solo ante las autoridades educativas, sino como responsabilidad civil, ante toda la sociedad y ante los jueces.

La niña, al parecer se va a matricular en Casa Blanca, en Marruecos . Vaya final.

(IV) Las soluciones

El Conselleiro de Educación de la Xunta manifiesta públicamente que la política debe quedar fuera del aula, pero a continuación añade “que el Gobierno Municipal no interfiera, que el PSOE apoya la autonomía de los centros y no lo hace en una Alcaldía determinada”.

¡Ya estamos¡ en Arteixo, PP, 8 concejales, PSOE, 5, Terra Galega, 4 y BNG, 3. Gobierna el PSOE en coalición. ¿ es un tema para las elecciones próximas?

En cuanto a la postura de la Administración educativa, en un principio manifestó que había que respetar la autonomía del centro, que las normas están para cumplirlas, que el centro es autónomo para elaborar el RRI y aplicar las sanciones que figuran en la normativa. Que la Consejería no puede interferir en la autonomía de los centros y que está para apoyar las decisiones de la Comunidad Educativa.

Más tarde, se dio cuenta que no se había iniciado la instrucción y de que no se había dado cumplimiento a los pasos legales precisos para la realización de un expediente disciplinario, sólo la comunicación verbal del Director. La Administración Educativa, aduce defectos de forma y que el cambio de centro sólo se puede producir si lo piden los padres o se modifica el RRI del CEIP Novo Arteixo. Recuerda que corresponde al Director tomar la opción que proceda para velar por el cumplimiento de las normas del Centro, pero al parecer no sanciona la intervención del Director.

Esta clarísimo en la ley, el Director es el responsable en la legislación educativa, pero también en la civil y en la penal.

El Consejo Escolar volvió a reunirse el 22 de marzo y al parecer se instruyó el expediente.

(III) Los incendiarios se convidan.

Algunas citas, sin ánimo de clasificarlas: “A los progresistas defensores, convendría llevarles a pasear por Teherán, donde la policía religiosa multa, detiene y apalea a mujeres que no cubren la cabeza”

( En la entrevista televisada y reproducida en todo el mundo, a Ana Pastor se le cayó el velo que cubría su cabeza y el Presidente Mamad Ahmadineyad no cortó la entrevista, sin que esto signifique apoyo a la figura y obras del dictador).

“La alumna tiene derecho a ser escolarizada, pero cumpliendo los reglamentos, como todos los compañeros”. Tanto a la niña como a los compañeros cuando se escolarizaron, ¿se les dio a conocer el RRI? ¿Los padres pudieron consultarlo antes de cumplimentar la matrícula?

“ A un padre que permita, defienda o incluso exija que su hija vaya con velo, la hace: uno, esclava, dos, de sexo inferior, tres, segregada. Debemos denunciarlo como maltratador infantil, pedir que sea juzgado por alguna ley contra ese gravísimo delito”

¿Le preguntó alguien a la niña porqué se ponía el hiyad? Otras niñas con un año más contestaron, una: “ Te lo pones después de la primera menstruación, cuando te sientes segura, y yo lo estaba”, la otra : “yo no me siento preparada”.

“ No es un símbolo de sumisión, es como si una mujer decide ponerse falda o pantalón. Yo me siento identificada con el velo, pero soy una persona normal, mi hiyab no me hace ni mejor ni peor”

Un problema del aula, que es donde tienen que resolverse ¿Cual fue y es la postura del tutor? ¿Cuál la de sus compañeros y compañeras de clase? ¿Cómo se esta tratando el tema en el aula?

Por el contrario, trasciende al centro, a la opinión pública y a la política; ha explotado y la solución ya nunca será la mejor por los efectos colaterales producidos.

(II) Mal Comienzo del CEIP Novo Arteixo

¿EL CEIP Novo Arteixo, elaboró, aprobó el Proyecto Educativo, el Proyecto Curricular y el Reglamento de Régimen Interior en tres meses? ¡Qué Director más eficaz¡ ¿ Ó no? ¿Tuvo en cuenta las diferencias y aportaciones de la comunidad musulmana de Arteixo en el CEIP Ponte dos Brozos, a lo largo de los años?

El Director no puede abdicar de su responsabilidad y otorgársela al Consejo Escolar, él es el Presidente, el único responsable.

Si se aplica el Art. 16 “sin más limitación, en sus manifestaciones, que la necesaria para el mantenimiento del orden público”, ¿donde han visto los miembros del Consejo Escolar y el Director las poderosas razones para mantener el orden público? Por ello no se puede sancionar, ¿pero en todo caso, qué tipo de sanción? ¿ La expulsión?

Impedir a una persona el ejercicio cívico reconocido por la Constitución supone, por de pronto, la realización de una conducta tipificada como delito en el Art. 542 del Código Penal, sin perjuicio de otras posibles que puedan concretarse.

El responsable el Director.

Alude el Director del CEIP Novo Arteixo que no ha recibido carta alguna del abogado de la familia en la que se le explicase que podría incurrir en un delito si prohibía a la menor llevar el hiyab en clase. Quién recibe la notificación es la Administración de Justicia, el Juzgado. Por cortesía, el abogado podría habérsela enviado o comunicado, pero incurre en responsabilidades el no hacerlo.

Un tema que debería haberse resuelto sin problemas en el Consejo Escolar se está inmerso en luchas, opiniones partidarias, insultos, política; y nadie pensando en la niña de sexto de primaria, en cómo lo vive y lo que pueda suponer para su vida.

(I) El hiyab en Arteixo, mal inicio.

Algunos Directores y Directoras, piensan, piensan mal y se equivocan cuando se creen y actúan como sólo dependientes y responsables ante sus jefaturas y autoridades educativas.

En los Centros Públicos, las Directoras y Directores son cargos públicos, y antes estaban sujetos al control público, pero ahora más con el Estatuto Básico de la Función Pública.

Todos los Directores y Directoras han recibido en su formación inicial formación y documentación en temas de Derecho Administrativo Común y en la Ley de Función Pública de su Comunidad Autónoma, formación no suficiente pero al menos de referencia. En todo caso deberían de actualizarse mediante formación permanente de Directoras y Directores y ello es responsabilidad no sólo de las Directoras y Directores sino también de la Administración Educativa.

Se ha producido un conflicto en Arteixo ( La Coruña) por el uso del hiyab por parte de una alumna de 6 de Primaria, alumna española cuyos padres emigraron a Galicia desde Marruecos.

En Arteixo convive la comunidad musulmana más arraigada y más numerosa de Galicia. De En Arteixo nació ZARA que se extiende por todo el mundo sin crear problemas de denominación de origen ni de exclusividad, con respeto a todas las tendencias y materiales e incorporando todo lo que de valor encuentra por todo el mundo.

De Arteixo, es Arsenio Iglesias, “ O Bruxo de Arteixo”, el hacedor del SuperDepor, el filósofo “ que duda cabe..pero....” “en el fútbol se dan dos tipos de situaciones, cuando tienes el balón y cuando lo tiene el contrario. Si lo controla el rival, hay que quitárselo cuanto antes y si es tuyo debes de tratar de que no te lo roben. Sencillo, aunque algunos traten de complicarlo”

¿Porqué se ha complicado tanto, un tema que tiene la importancia de que una niña de sexto curso lleve su hiyab en la cabeza?

Un tema en el ámbito del Consejo Escolar del CEIP Novo Arteixo, que se trata en Galicia, en España y en el extranjero.

Se alude al Reglamento de Orden Interno que dice” por respeto a los demás en las aulas se observará una postura e indumentaria correctas. Se mantendrá la cabeza descubierta. No se permitirán boinas, paños en la cabeza ni otras prendas que lo cubran”.

Por el incumplimiento de esta norma, se le sanciona y se propone su expulsión.

Bien, lo importante de los Centros, lo que los justifica, no son los RegIamentos de Régimen Interno, son los Proyectos Educativos que tienen que ser públicos y que dan cobijo a toda la organización, a toda la vida del centro.

Se discute y opina que el RRI no puede ir contra la Constitución y leyes educativas, está bien; pero primero hay que empezar por el Proyecto Educativo.

Se conoce por la prensa articulados del RRI, pero nada del Proyecto Educativo.
El CEIP Novo Arteixo se abrió este curso para descargar el CEIP Ponte dos Brozos, en la Avd. Arsenio Iglesias ¿ Este CEIP tuvo algún problema notable con la población de origen musulmán en su dilatada trayectoria? ¿ De este CEIP salió la alumna para Sexto de Primaria en el Nuevo? ¿ Este Colegio?